Ojo, últimas horas para hacer la declaración anual de RST: Dian levantó contingencia tras error en formulario

hace 2 semanas 35

Los colombianos inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) tienen una nueva fecha para hacer la declaración anual. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) modificó el calendario por un error en el formulario 260 que ya se solucionó.

¿Quiénes pueden estar en el Régimen Simple de Tributación (RST)?

El RST es un sistema al que pueden acceder los contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas, para declarar anualmente y pagar con anticipos bimestrales.

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La declaración anual consolidada para el Régimen Simple de Tributación (RST) se hace mediante la página de internet de la Dian.

Foto:iStock

Para ser parte del RST, se deben tener en cuenta estas condiciones establecidas por la autoridad tributaria:

  • Personas naturales que desarrollen empresa incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia. 
  • Que en el año gravable anterior hubiesen obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT, es decir, menores a 4.706.500.000 pesos. En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas, la inscripción en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – simple estará condicionada a que los ingresos del año no superen estos límites. 
  • Que cumplan las obligaciones tributarias de carácter nacional y local.

Dian levanta contingencia y da nueva fecha para declaración anual de RST

La Dian había establecido como plazo para la declaración anual de RST entre el 15 y 19 de abril, pero el error en el formulario 260 hizo que se instaurara una contingencia.

Colombianos alertaron fallas al tratar de diligenciar el documento en la plataforma virtual de la entidad, las cuales les impedían finalizar la declaración. Vale decir que en el formulario 260 se informan datos como ingresos, actividades económicas y anticipos.

Error en formulario 260 que les ha aparecido a contribuyentes.

Error en formulario 260 que informaron los contribuyentes.

Foto:X: @jemosjh

"Todos los inconvenientes presentados con algunos inscritos del Régimen Simple de Tributación (RST), a la hora de diligenciar el Formulario 260, han sido solucionados", expresó la entidad en un comunicado.

​Así que procedió a levantar la contingencia este 22 de abril, lo que quiere decir que quienes no hayan hecho la declaración anual consolidada tendrán 24 horas más, hasta el 23 de abril.

El trámite se hace según los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), que con la modificación de las fechas quedó así:

  • Último dígito del NIT: 9. Nuevo plazo: 22 de abril.
  • Último dígito del NIT: 0. Nuevo plazo: 23 de abril.

Para activos en el Exterior Grandes Contribuyentes, las fechas son:

  • Último dígito del NIT: 9. Nuevo plazo: 22 de abril.
  • Último dígito del NIT: 0. Nuevo plazo: 23 de abril.

Para Retención en la Fuente:

  • Último dígito del NIT: 9. Nuevo plazo: 22 de abril.
  • Último dígito del NIT: 0. Nuevo plazo: 23 de abril.

Recomendaciones de la Dian para diligenciar el formulario 260

Formulario 260 de la declaración anual consolidada ante la Dian.

Formulario 260 de la declaración anual consolidada ante la Dian.

Foto:Dian

  • Eliminar los temporales de su navegador (caché).
  • Refrescar y actualizar el mismo navegador.
  • Asegurarse de pasar y verificar todas las casillas de cada bimestre para que el sistema asuma sin problemas los cálculos y las validaciones, con ocasión de los cambios efectuados.

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