Miperro, Judas y otros nombres prohibidos en Colombia: en la Registraduría se pueden negar a aceptarlos

hace 2 semanas 3

A la hora de elegir el nombre de un recién nacido, algunos padres suelen ser muy creativos y si bien están en su derecho de optar por el de su preferencia, hay algunos en específico que en la Registraduría no están obligados a aceptar

Los funcionarios pueden abstenerse a registrar aquellos nombres que puedan llegar a atentar contra la integridad o puedan ser ofensivos o denigrantes para el menor. Acá le contamos de cuáles se trata. 

La Registraduría Nacional del Estado Civil determinó que algunos padres optaban por nombres que estuvieran relacionados con artistas o con palabras que son populares en el momento, pero que no siempre son una buena opción debido a lo que pueden representar a futuro o para el entorno social del menor.

Las personas a menudo tienen estereotipos asociados a nombres específicos, lo que puede influir en cómo percibe a alguien y en su elección de peinado u otros aspectos de su apariencia.

Nombres. 

Foto:iStock

​Es por esto que en septiembre de 2021, el entonces registrador Rodrigo Pérez Monroy notificó que los funcionarios de la Registraduría no están en la obligación de registrar nombres como: Miperro, Híbrido, Judas, Belcebú y Satanás

​Lo mismo ocurre con cualquier otro nombre que pueda resultar en bullying o matoneo. 

​“No se niega la inscripción, pero sí, hay oposición de escribir en el registro notarial una expresión grotesca y ofensiva que de ninguna manera describe la personalidad o individualidad de ese menor, por consiguiente, se podría apelar a la objeción de conciencia que se encuentra claramente regulada en la Constitución Política”, señaló Pérez Monroy. 

​Es preciso mencionar que si es el caso, el funcionario registral puede recurrir a un defensor de menores para que intervenga. 

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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